Normativa y comunicación institucional
La Resolución 1642 de 2026 del Ministerio de Salud y Protección Social establece lineamientos para elaborar, actualizar, divulgar y entregar la Carta de Derechos y Deberes de las personas afiliadas al sistema de salud. También regula la Carta de Desempeño de las EPS y adopta la Encuesta Nacional de Experiencia del Usuario en Salud (ENUS) como instrumento oficial para medir la experiencia de los usuarios.
Para las Entidades Promotoras de Salud (EPS), esto implica fortalecer la entrega de información, mantener disponibles sus documentos institucionales y facilitar que los afiliados conozcan sus derechos, los canales de atención y los indicadores de desempeño de su entidad y de su red de prestadores.
La comunicación visual también cumple una función práctica: una cartelera institucional bien organizada puede ayudar a orientar a los usuarios que acuden a una sede de atención, complementar los canales digitales y facilitar el acceso a información relevante. Debe formar parte de una estrategia de divulgación más amplia, no sustituir las obligaciones de entrega y publicación previstas en la norma.
Puedes consultar el texto completo de la Resolución 1642 de 2026 en el sitio oficial del Ministerio de Salud.
¿Qué cambia con la Resolución 1642 de 2026?
La resolución organiza las obligaciones relacionadas con dos documentos fundamentales para los usuarios: la Carta de Derechos y Deberes y la Carta de Desempeño. Aunque están relacionados, cumplen funciones diferentes.
- Carta de Derechos y Deberes: explica los derechos, las responsabilidades, los mecanismos de atención y las rutas disponibles para que las personas afiliadas puedan ejercer sus derechos en salud.
- Carta de Desempeño: presenta información pública sobre la calidad y el desempeño de la EPS y de su red de prestadores, para facilitar la consulta y comparación de resultados.
- Encuesta Nacional de Experiencia del Usuario en Salud (ENUS): se adopta como instrumento oficial para medir la experiencia de los afiliados después de recibir atención y contribuir a la evaluación del desempeño de los actores del sistema.
La intención es que la información sea clara, accesible y útil para tomar decisiones. Por eso, el reto de las EPS no se limita a tener documentos publicados: también deben facilitar su entrega, disponibilidad, comprensión y consulta por parte de los afiliados.
¿Qué información debe incluir la Carta de Desempeño de una EPS?
El artículo 13 de la Resolución 1642 de 2026 establece contenidos mínimos para la Carta de Desempeño. Este documento tiene carácter dinámico y debe permitir que los usuarios consulten información verificable sobre el comportamiento de su EPS y comparen sus resultados con referentes disponibles.
Entre los contenidos mínimos se encuentran:
- Indicadores de calidad de la EPS: resultados provenientes de la ENUS, desagregados a nivel nacional y regional, con comparación frente a referentes nacionales definidos metodológicamente.
- Desempeño de la red de prestadores: indicadores relacionados con las instituciones y los servicios que integran la red de la entidad.
- Comparación entre EPS: información que permita contrastar el desempeño de distintas entidades utilizando metodologías objetivas y comparables.
- Comportamiento como pagadora: indicadores construidos a partir de las fuentes oficiales disponibles.
- Sanciones del último año: sanciones ejecutoriadas impuestas por la Superintendencia Nacional de Salud. Si no existen sanciones en ese periodo, debe indicarse expresamente.
- Acciones de tutela: número de acciones relacionadas con la prestación de servicios de salud, conforme a los registros oficiales disponibles.
- Posicionamiento frente a la garantía del derecho a la salud: referencia al ranking o medición del nivel de vulneración de este derecho por parte de las EPS, publicado por la Superintendencia Nacional de Salud.
La resolución también contempla la publicación de la Carta de Desempeño en formatos de datos abiertos, con el propósito de fortalecer la transparencia y facilitar el acceso a la información. Además, dispone que las EPS publiquen en sus sitios web el enlace al tablero de resultados que habilite el Ministerio.
Estos contenidos deben distinguirse de los resúmenes o piezas gráficas que una institución prepare para orientar a sus usuarios. Una cartelera puede presentar información clave y dirigir a los documentos completos, pero no debe sustituir las fuentes oficiales ni modificar los datos de desempeño.
La obligación de entregar y comunicar cada actualización
Uno de los puntos importantes de la resolución es que la entrega y actualización de la información no se resuelve con una publicación aislada. Las EPS deben mantener los documentos disponibles y aplicar los mecanismos de entrega y notificación definidos para los distintos grupos de afiliados.
Entre las obligaciones que contempla la resolución están:
- Entrega a nuevos afiliados: suministrar la Carta de Derechos y Deberes y la Carta de Desempeño durante el proceso de afiliación, bajo las condiciones de entrega física o electrónica previstas en la norma.
- Entrega anual a afiliados activos: entregar ambos documentos al menos una vez al año a la totalidad de los afiliados activos.
- Disponibilidad permanente: mantener la información accesible mediante los canales establecidos, incluidos el sitio web institucional, la aplicación móvil oficial, las redes sociales institucionales y los puntos de atención al usuario, según corresponda.
- Notificación de cambios: comunicar a los afiliados antiguos las actualizaciones de la Carta por el correo electrónico o el número celular registrado.
- Reporte al Ministerio: notificar cada actualización de la Carta de Derechos y Deberes y de la Carta de Desempeño al Ministerio de Salud, remitiendo el enlace directo a la información. La modificación debe reportarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a su publicación.
La Carta de Derechos y Deberes también debe revisarse y actualizarse dentro del plazo máximo previsto por la resolución cuando entren en vigor normas que modifiquen su contenido. Por eso, las instituciones necesitan un proceso claro para revisar documentos, verificar versiones y comunicar los cambios a través de los canales correspondientes.
En términos de comunicación visual, disponer de piezas que permitan reemplazar hojas o actualizar módulos puede facilitar el mantenimiento de la información expuesta. La actualización del soporte físico, sin embargo, debe coordinarse con la publicación digital y las notificaciones exigidas.
¿Qué significa esta resolución para la sala de espera?
La sala de espera es uno de los lugares donde los usuarios pueden consultar información mientras esperan una cita, un procedimiento o una atención administrativa. Una cartelera visible, legible y bien organizada ayuda a identificar contenidos importantes sin obligar a las personas a buscar entre documentos dispersos.
Aunque una cartelera física no reemplaza la entrega de las cartas ni los canales digitales previstos en la resolución, sí puede cumplir una función complementaria: orientar al usuario, destacar información práctica y facilitar el acceso a los recursos oficiales.
Una cartelera pensada para una EPS, IPS o cooperativa de salud puede organizar visualmente información como:
- Derechos y deberes de los usuarios: resúmenes comprensibles y rutas para consultar el contenido completo.
- Canales de atención: información de contacto, mecanismos de PQRD y orientación sobre dónde solicitar ayuda.
- Rutas y servicios: indicaciones institucionales útiles para que las personas identifiquen los servicios disponibles y los canales correspondientes.
- Acceso digital: códigos QR o enlaces que dirijan al usuario a la información completa y actualizada publicada por la institución o a los recursos oficiales disponibles.
- Información de desempeño: indicaciones claras para consultar la Carta de Desempeño y el tablero oficial de resultados, evitando reproducir o alterar cifras oficiales.
Para que la cartelera sea realmente útil, es importante considerar la distancia de lectura, el tamaño de los textos, el contraste, la jerarquía de la información y la facilidad para localizar cada contenido. La accesibilidad también implica no depender exclusivamente de recursos digitales cuando algunos usuarios necesiten alternativas presenciales.
Cómo diseñar una cartelera institucional fácil de actualizar
Una cartelera institucional no debería ser solamente un conjunto de hojas pegadas en la pared. Su diseño debe ayudar a las personas a encontrar la información relevante y permitir que el equipo responsable la mantenga en condiciones adecuadas.
Al definir el formato, conviene evaluar los siguientes aspectos:
- Distribución por temas: separar la información de derechos y deberes, canales de atención, rutas y otros contenidos para facilitar la lectura.
- Legibilidad: utilizar tipografías claras, contraste suficiente y tamaños adecuados al espacio y a la distancia de consulta.
- Actualización: considerar bolsillos, módulos intercambiables o superficies imantadas cuando la información necesite reemplazarse con frecuencia.
- Identidad institucional: integrar los colores, logotipos y criterios gráficos de la organización sin afectar la comprensión del contenido.
- Control de versiones: establecer quién revisa, aprueba y actualiza cada documento, y cómo se verifica que la información expuesta corresponda con la versión vigente.
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Cuando se requiere reorganizar información de manera frecuente, también pueden valorarse soluciones como el tablero institucional imantado interactivo, diseñado para facilitar cambios de contenido sin rehacer toda la pieza cada vez.
La elección del material y del sistema de actualización debe responder al tipo de información, la frecuencia de cambio, la ubicación y las condiciones de mantenimiento de la cartelera.
Prepararse para la implementación y mantener la información coordinada
La Resolución 1642 de 2026 contempla un periodo de hasta seis meses desde su publicación para que el Ministerio desarrolle el aplicativo móvil oficial y expida los lineamientos técnicos necesarios. Durante el periodo de transición, las entidades deben adelantar las adecuaciones correspondientes y continuar cumpliendo las obligaciones de reporte previstas en las resoluciones anteriores hasta que se expidan los lineamientos establecidos en la nueva norma.
Por eso, las instituciones deben revisar sus procesos de entrega, los responsables de actualización, los canales institucionales y las piezas informativas que tienen expuestas. La comunicación física y digital debe mantenerse coordinada para evitar versiones contradictorias o información desactualizada.
Una cartelera profesional contribuye a que el entorno de atención sea más ordenado y que la información relevante esté al alcance de los usuarios. Su eficacia depende tanto de un buen diseño como de una gestión constante del contenido.
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